Se acaban de cumplir los 60 años de la aprobación del primer documento o constitución del Concilio Vaticano II, la Constitución sobre «La Sagrada Liturgia» (Sacrosantum Concilium), que ha sido crucial para la vida y la reforma de la Iglesia, y seguramente el signo más patente de la reforma en continuidad querida por el Concilio. Debemos valorar apropiadamente que aquella Constitución fue aprobada el 4 de diciembre de 1963, al término de la segunda sesión del Concilio, presidida por el Papa san Pablo VI., con una votación prácticamente unánime de los Padres conciliares: 2.147 votos favorables y sólo 4 contrarios. Esto tiene una gran importancia en el momento presente, donde se detecta una cierta confusión en cuanto a la humilde fidelidad a la autoridad eclesial y un cierto desconcierto hacia la reforma eclesial querida por el Concilio ecuménico. El Papa Francisco nos ayuda cuando nos dice en su Carta Apostólica “Desiderio desideravi” nº 29: “La Iglesia reunida en el Concilio quiso confrontarse con la realidad de la modernidad, reafirmando su conciencia de ser sacramento de Cristo, luz de los pueblos (Lumen Gentium), poniéndose a la escucha atenta de la Palabra de Dios (Dei Verbum) y reconociendo como propios los gozos y las esperanzas (Gaudium et spes) de los hombres y mujeres de hoy. Las 4 grandes Constituciones conciliares son inseparables, y no es casualidad que esta única gran reflexión del Concilio Ecuménico –la más alta expresión de la sinodalidad de la Iglesia, de cuya riqueza el Papa está llamado a ser, con todos vosotros, custodio– haya partido de la Liturgia (Sacrosanctum Concilium).”
La Liturgia y su centro que es la Eucaristía, es, pues, «la fuente y la cima» de toda la vida de la Iglesia, de toda la vida cristiana. Debemos dar gracias a Dios por aquel texto que el Espíritu Santo inspiró a los Padres conciliares y que ha marcado positivamente nuestra fe, nuestra oración y nuestra manera de vivir el cristianismo desde hace 60 años. El Papa S. Juan Pablo II afirmaba que «la reforma de la liturgia querida por el Concilio Vaticano II, puede considerarse ya realizada; en cambio, la pastoral litúrgica constituye un objetivo permanente para sacar cada vez más abundantemente de la riqueza de la liturgia, esa fuerza vital que de Cristo se difunde a los miembros de su Cuerpo que es la Iglesia» (Carta Apostólica. Vicesimus quintus annus, de 4.12.1988, p.10).
Cabe preguntarse si son nuestras celebraciones verdaderos testimonios vivos de la memoria de Jesucristo crucificado y resucitado. Es necesario redescubrir la dimensión contemplativa de la liturgia para no caer en el formalismo de unas celebraciones banales, repetitivas, impidiendo el acceso al misterio celebrado, que realmente vivifica. Las orientaciones y principios de la Constitución Litúrgica, son vigentes y operantes para toda la Iglesia. Los ministros ordenados, con todos los agentes de pastoral, están comprometidos en fomentar los procesos de la formación litúrgica permanente de los fieles, a facilitarles la familiaridad con la Sda. Escritura -cuestión clave- y su participación activa en la liturgia. Habiéndose constatado en el trabajo sinodal en las parroquias y en las diócesis el gran olvido hacia la liturgia vivida en Iglesia, es necesario invitar de nuevo a todos los agentes de la pastoral litúrgica y a todos los fieles a profundizar en el texto de la Carta Apost. del Papa Francisco “Desiderio desideravi” (29.VI.2022) sobre la formación litúrgica del Pueblo de Dios.